El primero de mayo, día internacional de trabajo se recogieron más de 20.000 firmas o apoyos en 9 ciudades de Colombia, con la participación de mas de 300 voluntarios y voluntarias de todas las edades en el proceso de información y educación a la comunidad.
Estas firmas se recogen para la inscripción de la iniciativa del referendo por el agua y el Comité Promotor, compuesto por Martha Cañon, de la Asociación de Vocales de Control de Servicios Públicos - AVOCAR; Oscar Gutiérrez de la Unión Nacional de Usuarios de los Servicios Públicos; Héctor Gañan, de la Organización Nacional Indígena de Colombia - ONIC; Javier Márquez de la Corporación Penca de Sábila, organización ambientalista de Medellín; Cristo Miranda, por el Comité de Impulso a la Organización Nacional de Acueductos Comunitarios; Humberto Polo del Sindicato de Trabajadores de las Empresas de Servicios Públicos ; Rodrigo Acosta de la Central Unitaria de Trabajadores - CUT; Tatiana Roa de CENSAT - Amigos de la Tierra - Colombia y Rafael Colmenares de ECOFONDO. Este último vocero del Comité.
El Comité ampliado, ha decidido denominarse "Comité Nacional de Defensa del Agua y de la Vida - Colombia" y está compuesto por sesenta organizaciones y hay Comités de Impulso en todo el país. En esta etapa debemos recoger 200.000 firmas para inscribir la iniciativa y el Comité Promotor que exige la Ley. Esperamos haberlas completado a mediados de junio.
Con la jornada pudimos identificar la necesidad de hacer un taller de información y formación para lideres que estén en capacidad de generar comités locales para la recolección de firmas. Con esto buscamos que los lideres locales profundicen y conozcan aun más la estrategia del referendo y disminuyamos al máximo los riesgos de anulación de firmas ante la Registraduría.
Ahora nos proponemos elaborar un plan de trabajo para cubrir con responsables en cada zona: eventos programados, centros comerciales, universidades, actividades de afluencia masiva como las ciclovías, los estadios, sistemas masivos de transporte y bibliotecas públicas.
El siguiente texto aportado por el Comité Nacional en Defensa del Agua y de la Vida CNDAV es la sustentación del referendo: "Dicho referendo se propone consagrar en la Constitución Nacional que el agua en Colombia es un derecho inherente a la persona humana y a los demás seres vivos, y es un bien común de uso público que pertenece por tanto a la Nación colombiana.
En consecuencia, el acceso al agua será un derecho fundamental y toda persona podrá acceder a ella en todos sus estados, lo cual incluye el derecho a disponer de agua limpia o potable para el consumo doméstico, es decir para beber y para satisfacer las necesidades de higiene y preparación de alimentos y que el consumo humano es prioritario frente a otros usos. Esto implica el establecimiento de una cantidad mínima necesaria para cada hogar, en forma gratuita, independientemente de su situación cultural, religiosa, social, de género, geográfica o económica.
Para garantizar plenamente tales derechos, sólo el Estado, mediante entidades de prestación de servicios públicos y sin ánimo de lucro, deberá realizar la prestación y la gestión directa e indelegable de los servicios de abastecimiento, disposición y saneamiento. Se exceptúan de este principio las organizaciones comunitarias que se hayan constituido para este fin como instituciones de utilidad común, sin ánimo de lucro, o que se constituyan en el futuro de la misma manera. Estas organizaciones comunitarias deberán contar con el apoyo del Estado para la prestación de un servicio adecuado y de buena calidad a las comunidades que así se organizan para satisfacer sus necesidades.
Reconociendo que el agua es sagrada para los pueblos indígenas y elemento fundamental del territorio de las comunidades afrodescendientes, el Estado deberá preservar y garantizar el goce efectivo de estos derechos de estas comunidades de acuerdo con sus usos y costumbres. El Estado deberá dar especial protección y fomentar la conservación de los cuerpos de agua superficiales y subterráneas, los ecosistemas estratégicos para el ciclo hidrológico y en particular las zonas necesarias para la recarga de los acuíferos. Dicha protección incluirá la prohibición de realizar actividades que constituyan riesgo para dichos ecosistemas y para sus funciones en relación con el mencionado ciclo hídrico."
(Por Juan Camilo Mira, Coordinador Campaña el Agua un bien Público, Eco Portal, 08/05/2007)