O que acontecerá se a Argentina não respeitar a sentença do Tribunal de Haia? (em espanhol)
2007-01-22
1 > ¿Cómo hace cumplir sus sentencias la Corte de La Haya?
El tribunal carece de poder para ejecutar sus sentencias por mano propia. Su Estatuto prevé que cada fallo se notifique al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. La parte beneficiada con la sentencia puede exigir allí su cumplimiento.
2 > ¿Algún país desoyó un fallo de la Corte?
Sí. A EE.UU., por ejemplo, se le ordenó suspender la aplicación de la pena de muerte a un ciudadano paraguayo (caso "Breard", en 1998) y a otro alemán (caso "La Grand", en 1999); los dos fueron ejecutados. Sin embargo, el Consejo de Seguridad —donde EE.UU. tiene poder de veto— no actuó. Francia tardó en abortar sus pruebas nucleares en Mururoa (1995, planteo de Nueva Zelanda) y tampoco fue sancionada.
3 > ¿Qué puede pasar, entonces, con quien no acata una condena?
Según Silvina González Napolitano, profesora de la UBA y autora de la tesis "Las medidas cautelares en el Derecho Internacional", los fallos son obligatorios. Su incumplimiento habilita al Estado afectado a exigir "una reparación integral". Desobedecer un fallo así sería considerado una falta diplomática grave.
4 > ¿Qué pide Uruguay?
Que la Corte mande a Argentina a hacer cesar y/o prevenir los bloqueos en los puentes de Entre Ríos.
5 > ¿Qué puede llegar a resolver la Corte?
Si hacer lugar a ese pedido, la clave está en qué palabras use y qué énfasis ponga. Argentina pidió que el tribunal se declare incompetente. La Corte puede, incluso, dictar una cautelar distinta a la solicitada. Su jurisprudencia muestra que es renuente a conceder cautelares.
6 > ¿Se puede apelar?
No, excepto por un proceso de revisión muy restringido que en este caso no tendría lugar.
7 > ¿Con esto termina el juicio por las papeleras?
No. Argentina aspira a que se condene a Uruguay por la violación del Estatuto de 1975. Hace una semana presentó los fundamentos de su demanda; la respuesta uruguaya se presentará en seis meses. Luego habrá nuevas audiencias. No habrá sentencia sobre esto en dos años.
(Por Pablo Abiad, Clarín, 22/01/2007)
http://www.clarin.com/diario/2007/01/22/elpais/p-00401.htm