En el marco de la visita a Colombia del Relator Especial de las Naciones Unidas, para los Derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas, se presentó un documento sobre la situación de los transgénicos y los derechos humanos de los pueblos indígenas de Colombia. Este documento ha sido elaborado por la Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca (ACIN), el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), el Cacique Mayor del Resguardo de San Andrés de Sotavento, la Red Agroecológica del Caribe (RECAR) y el Grupo Semillas.
Este es un documento que plantea la posición de los pueblos indígenas frente a los cultivos y alimentos transgénicos y cómo las politicas del Estado sobre este tema, está nviolando los derechos humanos de estos pueblos. Esperamos que el Relator Especial para los Pueblos Indígenas, en el informe que entregará al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, incluya la posición de los pueblos indígenas sobre este tema y que en las recomendaciones que serán presentadas al gobierno nacional, se solicite resolver la problemática de los transgénicos en los territorios indígenas.
Cultivos contaminados, Culturas amenazadas
Para los pueblos indígenas de Colombia, la diversidad de semillas criollas no sólo proporciona una fuente vital de alimentos: también representa un componente fundamental de sus culturas, una fuente de salud, y un elemento crucial en los sistemas tradicionales de agricultura agroecológica que protege y preserva su medio ambiente y es la garantía par ala soberanía alimentaria. El maíz es tan importante para la cultura de los pueblos indígenas que resulta vital, incluso, en la descripción de sí mismos: el pueblo Embera es lilteralmente "la gente del maíz" y el peublo Zenú se refiere a sí msimo como "los hijos del maíz"
Las políticas y las prácticas del Estado colombiano relativas a los organismos modificados genéticamente (OMG) o transgénicos han violado, y amenazan seguir violando, los derechos de los pueblos indígenas en Colombia, incluidos sus derechos a la libre determinación, a la consulta previa, a la participación, a los derechos colectivos, a su cultura, a la alimentación, a la salud y a la protección de una medio ambiente sano.
En 2005, el Estado colombiano emitió un decreto que regula la aprobación de los OMG. Aunque los pueblos indígenas son afectados por la liberación de semillas modificadas genéticamente (MG), no han sido consultadosantes de la aprobación del decreto; tampoco el decreto prevé ninguna consulta durante el proceso de aprobación de la liberación de cada cultivo transgénico. En virtud de este decreto, los procesos de aprobación especialmente de semillas de maíz transgénico, han violado la obligación del Estado colombiano de aplicar el principio de precaución, y no han tenido en cuenta los estudios científicos que demuestran la amenaza actual de las semillas MG para las semillas nativas, la salud humana y el medio ambiente.
Este proceso de aprobación temerario y unilateral ha llevado a la liberación – reiterando, sin consulta previa a los pueblos indígenas -, de varias semillas MG que contaminarán permanentemente las semillas criollas. Las conclusiones a que llega el gobierno sobre la total seguridad de estas semillas, se basan en estudios científicos incompletos y sesgados que fueron realizados por el ICA y las empresas semilleras, y no se basaron en la totalidad de los conocimientos científicos actuales, que evidencian los posibles riesgos e impactos. Tales medidas son totalmente insuficientes para evitar la contaminación de las semillas criollas a través de la polinización.
El Estado no ha proporcionado a los pueblos indígenas la información completa relativa a la liberación de semillas transgénicas; pero a partir de la escasa información disponible, es evidente que estas semillas han sido plantadas cerca de los territorios indígenas y que la contaminación por la polinización se presentará irreversiblemente. Además, las semillas se contaminan a través de otras vías, como los programas de fomento agrícola y de ayuda alimentaria, o incluso a través del libre flujo de semillas entre los agricultores o en el comercio. El Estado no ha garantizado que las semillas criollas de los pueblos indígenas no sean contaminadas.
Como los científicos han reconocido, la contaminación genética de las semillas criollas es irreversible. Por lo tanto, las políticas y prácticas temerarias del Estado colombiano pronto afectarán -y puede que ya hayan sido afectadas- la cultura y los medios de vida de los pueblos indígenas en Colombia. Estos pueblos en diferentes regiones del país se están movilizando para proteger sus territorios y sus semillas criollas; pero si el Estado no cambia inmediatamente estas políticas y prácticas agrícolas, basadas en cultivos transgénicos, los derechos de los pueblos indígenas seguirán siendo violados.
El Estado colombiano y las empresas semilleras deben poner fin de inmediato a la liberación de las semillas MG en Colombia, hasta que sean aprobadas normas de bioseguridad adecuadas que sean adoptadas con la debida consulta previa con los pueblos indígenas, y hasta que todos los estudios científicos necesarios sean realizados y demuestren la total inocuidad de estos cultivos y alimentos transgénicos.
Hacemos un llamado al Relator Especial para estudiar esta cuestión durante su visita a Colombia, y proponemos la realización de una reunión especial con los Relatores Especiales sobre los derechos a la salud y a la alimentación, para abordar este tema. Solicitamos al Relator Especial que insista a los Estados Partes al Convenio 169 de la OIT en la obligación para consultar con los pueblos indígenas antes de adoptar políticas sobre los OMG y antes de liberar cualquier semilla transgénica que puedan afectar a esos pueblos.
Los transgénicos tienen impactos negativos para la agricultura
La contaminación genética de las semillas criollas por semillas MG es indiscutible, y estudios científicos han mostrado que la contaminación puede efectuarse a largas distancias a través de la polinización (tanto por el viento como por las abejas) o a través de programas de fomento agrícola y / o ayuda alimentaria. Pero el Estado ha concluido -con base en sus propios estudios incompletos y sesgados- que un zona de separación de solo 300 metros entre cultivos de maíz GM y cultivos de maíces criollos es suficiente, para proteger la biodiversidad de los resguardos indígenas.
La salud humana
La Academia Americana de Medicina Ambiental ha resumido los efectos negativos de los transgénicos sobre varias sistemas esenciales para la vida, tales como el sistema inmunológico y el sistema de reproducción. El Estado hizo caso omiso de estos efectos antes liberar los cultivos transgénicos. Igualmente existen estudios que señalan la probabilidad de generar reacciones alergénicas, producción de toxinas y otros efectos en el organismo.
…y el medio ambiente
Se ha demostrado que los transgénicos resistentes a plagas son nocivos tanto a insectos no objetivos como a las plagas objetivos; y también que los transgénicos resistentes a herbicidas son asociados con un uso creciente de agrotóxicos como los herbicidas glifosato y glifosinato, que tienen impactos negativos sobre ecosistemas acuáticas y del suelo, y sobre todo para la salud.
Los derechos implicados
La política del Estado colombiano relativa a los transgénicos viola y/o implica varios derechos garantizados por tratados internacionales.
El Estado ha violado y amenaza los derechos a:
· La libre determinación , según el cual los pueblos indígenas puedenestablecer libremente sus condiciones políticas y proveer asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
· La consulta previa , porque no consultó a los pueblos indígenas sobre medidas que son susceptibles de afectarlos directamente.
· La participación en acciones por proteger los derechos, la cultura, los bienes y el medio ambiente de los pueblos indígenas
· Una vida digna , porque imposibilita una existencia digna, dado que afecta negativamente la forma y proyecto de vida de los pueblos indígenas.
· La propiedad, porque la contaminación genética dañará irreparablemente las semillas criollas, un bien de los pueblos indígenas y la soberanía alimentaria.
· La cultura , que protege las formas particulares de vida relacionado con el uso de las tierras, especialmente en el caso de los pueblos indígenas.
· La alimentación , que garantiza una disponibilidad de alimentos sin sustancias nocivas, y aceptables culturalmente.
· La salud , entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social.
· Vivir en un medio ambiente sano , porque no promueve la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente.
¡Los pueblos indígenas queremos declarar nuestros Territorios Libres de Transgénicos!
- Asociación de Cabildos indígenas del Norte del Cauca ACIN -
- Consejo regional Indígena del Cauca CRIC
- Resguardo de San Andrés de Sotavento
- Red Agroecológica del Caribe - RECAR
- Grupo Semillas
(Grupo Semillas / Biodiversidadla, 07/08/2009)